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Perfil del Rector – IE SAULO SANCHEZ CORDOBA

INSTITUCIÓN EDUCATIVA
SAULO SANCHEZ CORDOBA

Perfil del Rector

El Rector debe ser una persona integral, idónea para el cargo mediante su autoridad moral y desempeño, promotor del crecimiento de cada miembro de la comunidad educativa, líder en su comunidad educativa para crear lazos de comunicación entre los diferentes estamentos, hábil en la toma de decisiones.

El rector de la Institución Educativa Saulo Sánchez Córdoba  es el representante de la Institución ante la Secretaría de Educación y en todo lo referente o legal. Es el responsable de definir el rumbo de la institución y de que se establezcan políticas y lineamientos de trabajo pertinentes para la ejecución del proyecto educativo institucional, de la planeación, la dirección y la supervisión general de las actividades necesarias para la prestación del servicio educativo, incluidas las administrativas y financieras. Su responsabilidad está altamente comprometida con la misión, visión y políticas de la Institución y en procura de los más altos niveles de calidad y las demandadas en el manual de responsabilidad, autoridad y funciones del Sistema de Gestión de Calidad Institucional

      El Artículo 25 del Decreto 1860/94, establece que son funciones del rector:

  • Dirigir la institución en los aspectos pedagógicos, académicos, formativos, disciplinarios, administrativos y económicos y representarla ante los distintos estamentos que así lo requieran.
  • Adoptar y dar a conocer los reglamentos y el manual de convivencia del plantel a todos los integrantes de la comunidad educativa.
  • Distribuir o asignar nuevas funciones a todo el personal, al servicio de la institución.
  • Convocar, orientar y presidir o delegar a quien corresponda los distintos comités y consejos que funcionan en el colegio, ejecutando las decisiones que se tomen en los mismos.
  • Convocar a los padres de familia para la elección de sus representantes al consejo directivo, verificando su condición de padres de familia de la institución y que en caso de reelección de un miembro ésta solo se haga por un periodo adicional.
  • Delegar bajo su responsabilidad, las funciones que considere necesarias en los demás agentes educativos.
  • Promover el proceso continuo de mejoramiento de la calidad de la educación en la institución.
  • Orientar la ejecución del PEI y aplicar las decisiones del gobierno escolar.
  • Autorizar la utilización de la planta física y cualquier clase de reunión que pretenda realizarse en el plantel.
  • Evaluar y controlar los servicios de todos los agentes educativos de la institución; proponer los estímulos necesarios y aplicar las sanciones a que haya lugar.
  • Aplicar las leyes, decretos, resoluciones y disposiciones expedidos por el Estado o autoridades educativas legítimas, atinentes a la prestación del servicio de la educación.
  • Actuar de conformidad con lo establecido en lo establecido en la Ley 1620/2013 y su reglamentario Decreto 1965/2013.

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