La matrícula es el acto jurídico que formaliza la vinculación como estudiante regular de la Institución Educativa Ambiental Saulo Sánchez Córdoba. Se realiza una sola vez al ingresar a la institución y se podrá renovar para cada año lectivo, en la medida que el educando y sus padres o acudientes cumplan con los requisitos para ello.
La matrícula se formaliza con la suscripción del contrato, previo el cumplimiento de todos los requisitos señalados en este artículo y los especiales de que habla el artículo 19, según se trate de matrícula ordinaria, extraordinaria o por transferencia. Al momento de suscribir el acta, los padres, representante legal o acudiente y el estudiante, deberán firmar el contrato de matrícula con la institución, el cual se regirá por las reglas del derecho privado.
Requisitos de Matrícula.
El estudiante que ingrese a la institución por primera vez, para efectos de matrícula deberá cumplir con los siguientes requisitos:
- Haber sido oficialmente admitido.
- Presentarse en la fecha y hora indicada por la institución, acompañado de sus padres, representante legal o acudiente con los siguientes documentos debidamente diligenciados.
- Registro civil de nacimiento y cuando sea mayor de siete años, fotocopia de la tarjeta de identidad.
- Boletín de informe académico o informe descriptivo de evaluación del año o años anteriores, para quien aspire a los grados de primero a noveno (1º a 9º) de la básica primaria, secundaria y décimo a undécimo (10º a 11º) de la media técnica en jornada mañana; de igual manera para quien aspire a los ciclos dos a seis (II a VI) en jornada fin de semana o nocturna.
- Tres fotografías tamaño 3×4 centímetros.
- Ficha de seguimiento u observador del estudiante del plantel de procedencia del aspirante.
- La firma y/o huella digital de los padres o acudientes y del estudiante en el acta de matrícula.
- Carnet de salud de su EPS
- Firma del contrato de matrícula.
Parágrafo: La matrícula ordinaria inicia en la última semana de desarrollo institucional y finaliza un mes después de haber comenzado las clases en el año siguiente.
De la Matrícula Extraordinaria o por Transferencia.
El Consejo Directivo, de acuerdo con lo establecido en el Proyecto Educativo Institucional (PEI) de la Institución Educativa Ambiental Saulo Sánchez Córdoba de conformidad con las normas legales vigentes, podrá autorizar matrícula extraordinaria y por transferencias previa el lleno de los requisitos especiales para cada caso, además de los generales previstos en el artículo anterior.
Parágrafo: la matricula extra ordinaria inicia al finalizar la ordinaria y se extiende durante todo el año lectivo
De la Renovación de Matrícula y sus Requisitos.
La renovación de matrícula es el acto jurídico mediante el cual el estudiante legaliza su permanencia en la institución para cada periodo o año académico y para cada grado.
La matrícula podrá renovarse en los siguientes eventos:
- Cuando el estudiante haya sido promovido al grado siguiente al término del periodo académico o año lectivo.
- Cuando a juicio de la comisión de promoción y evaluación, el estudiante sea promovido a un grado superior dentro del mismo periodo académico o año lectivo (promoción anticipada).
- Cuando repruebe el grado cursado de acuerdo con lo establecido en la directiva ministerial número 26 debe matricularse en el grado reprobado, mientras cumple con las actividades de nivelación de áreas perdidas, para ser promovido en el primer periodo del año lectivo y no tenga antecedentes disciplinarios calificados como graves, según lo previsto en el presente manual.
Requisitos para la Renovación de Matrícula:
El estudiante que aspire a la renovación de su matrícula deberá cumplir con los siguientes requisitos:
- Presentar solicitud verbal o escrita a la institución.
- No estar inhabilitado para renovar matrícula.
- Presentarse en la fecha y hora indicadas por la institución acompañados de sus padres, representante legal o acudiente. No presentar documentos porque ya se encuentran en la institución.
- La firma y/o huella digital de los padres o representante legal o acudiente y del estudiante en el acta de renovación de matrícula.